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27 de Enero de 2020

Permiso de circulación 2020: ¿Cuánto cuesta tu patente, las multas que arriesgas y cuál es la tasación de tu vehículo?

Revisa aquí todos los pasos que debes seguir para obtener o renovar la patente

Hasta el 31 de marzo próximo se puede pagar el Permiso de Circulación 2020, documento que permite que automóviles, camionetas, motos y otros puedan transitar en forma legal por las calles del país. Y si bien faltan semanas, es necesario que los dueños de vehículos livianos, pesados y/o motos, tengan toda la información para evitar dolores de cabeza.

¿Qué necesito para renovar la patente?

– Permiso de Circulación anterior (año 2019) pagado.
No registrar multas de tránsito impagas. (PINCHA LA IMAGEN)

– Tener comprado el Seguro Obligatorio de Accidentes Personales (SOAP).
No estar en el Registro de Pasajeros Infractores. (PINCHA LA IMAGEN)

¿Cuánto debo pagar por mi vehículo?

Como cada año, el Servicio de Impuestos Internos (SII) realiza una tasación oficial de los distintos tipo de vehículos motorizados.

VEHÍCULOS LIVIANOS (PINCHA LA FLECHA):

VEHÍCULOS PESADOS (PINCHA LA FLECHA):

Usados: ¿Qué documentos debo presentar?

– Permiso de circulación anterior.
– Certificado de homologación (si corresponde), o revisión técnica vigente.
– Póliza del seguro automotor obligatorio, que debe cubrir el período de vigencia del permiso de circulación.
– Tarjeta de dominio o padrón, según inscripción en el Registro Civil. (PINCHA LA IMAGEN)

¿Y si es nuevo?

– Factura de compra (incluye la copia).
– Inscripción en el Servicio de Registro Civil.
– Certificado de homologación (si corresponde) y certificado de normas de homologación.
– Póliza de seguro automotor obligatorio con vigencia hasta el 31 de marzo del año siguiente.
*El pago es proporcional a los meses que faltan para completar el año.

¿Dónde cancelo el Permiso de Circulación?

En la Dirección de Tránsito de cada municipio, así como los distintos centros habilitados por cada municipalidad. El pago de la patente efectuarse en efectivo; tarjetas de crédito; cheque al día, o en dos cuotas.

Multas si no pago en el plazo establecido…

Los propietarios de vehículos motorizados que no realicen el trámite antes del 31 de marzo se exponen a intereses extras y al retiro de circulación si es sorprendido en tránsito por inspectores o Carabineros. Además, al momento de renovar la patente se aplicará una multa correspondiente al 1,5% del valor del permiso respectivo, que se calcula con el Índice de Precios al Consumidor (IPC).

Fechas para pagar la patente

Del 1 de febrero al 31 de marzo: automóviles particulares, motocicletas, furgones, ambulancias, carrozas fúnebres, automóviles de alquiler de lujo, de turismo o de servicios especiales, station wagons y camionetas; carros y remolques para acoplar a vehículos motorizados, hasta 1.750 kilos de capacidad de carga, media unidad.

Hasta el 31 de mayo: taxis y buses.

Al 31 de septiembre: vehículos de carga, motonetas, bicimotos, bicicletas con motor, tractocamiones, tractores agrícolas o industriales y máquinas automotrices; carros y remolques para acoplar a vehículos motorizados, mayor a 1.750 kgs. de capacidad de carga.