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13 de Septiembre de 2018

¿Qué implicará la nueva Ley de Identidad de Género?

En su último trámite, la iniciativa fue despachada por la Cámara Baja, después de haber sido revisada por el Senado y la Comisión Mixta. “Es una buena noticia y un paso más hacia el Chile que queremos: más inclusivo y de todos”, expresó la Vocera de Gobierno, Cecilia Pérez.

Tras cinco años en el Congreso, será una realidad: el proyecto de Identidad de Género quedó en condiciones de convertirse en Ley, luego de recibir un amplio respaldo (95 votos a favor y 46 en contra) en la Cámara de Diputados.

Así, la iniciativa culminó su trámite legislativo -donde participaron los Ministros Cecilia Pérez, Gonzalo Blumel y Hernán Larraín, y los subsecretarios Lorena Reabarren y Claudio Alvarado-, después de que el Senado y la Cámara Baja ratificaran la indicación sustitutiva que el Gobierno ingresó a la Comisión Mixta.

Pero ¿qué implicará esta nueva Ley de Identidad de Género? En lo concreto, se permitirá el cambio de sexo registral para adultos, vía administrativa, y entre los 14 y 18 años, con autorización de sus padres o tutores legales.

Aspectos del proyecto:

Establece procedimientos administrativos para las personas mayores de 18 años sin vínculo matrimonial vigente, y procedimientos judiciales ante los tribunales de familia, para las personas mayores de 14 años y menores de 18 años, y para las personas adultas con vínculo matrimonial vigente.

– A su vez, se establece como nueva causal de término del matrimonio la sentencia que acoge la solicitud de rectificación presentada por una persona con vínculo matrimonial vigente.

Se regulan los efectos de la rectificación del nombre y sexo registral, estableciendo que efectuadas las modificaciones y subinscripciones correspondientes, el interesado deberá ser reconocido e identificado conforme a su identidad de género.

– Se establece que las personas menores de 18 y mayores de 14 años, presenten la solicitud de rectificación a través de sus representantes legales o alguno de ellos. A falta de autorización del representante legal o si éste no es habido, el adolescente podrá solicitar la intervención del juez para que constate la correcta fundamentación de la solicitud y determine que cuenta con las condiciones necesarias para formularla. Para estos efectos, el tribunal deberá oír al solicitante y citar al representante legal que haya denegado la autorización.

Para el Ministro de Justicia y Derechos Humanos, Hernán Larraín, la aprobación de la Ley significa “un paso adelante, al darle a aquellas personas que viven una situación difícil, una respuesta legal. El Estado tiene la obligación de reconocer estos hechos”.

“Esta es una propuesta que aborda en forma responsable una situación que necesitaba ser regulada siguiendo ciertos principios, como es el rol de los padres y el rol de la familia en la formación de los hijos”, agregó el Titular de la Secretaría General de la Presidencia (Segpres), Gonzalo Blumel.

En la misma línea, la Ministra Secretaria General de Gobierno, Cecilia Pérez, valoró el amplio respaldo que recibió el Proyecto que “atiende una situación humana, de personas que teniendo un sexo biológico determinado tienen una identidad de género distinta. La disforia de género no es un problema ideológico o religioso”.

“Como Gobierno nos hacemos cargo de la situación de las personas trans y en el caso de los mayores de 14 y menores de 18, privilegiamos la voluntad de los padres. Es una buena noticia y un paso más hacia el Chile que queremos: más inclusivo y de todos“.